Colombia

Entre el diluvio y el decreto: la emergencia como herramienta fiscal bajo escrutinio

La declaratoria de una nueva emergencia económica, social y ambiental por parte del presidente Gustavo Petro para enfrentar la crisis climática en Córdoba no solo responde a un fenómeno meteorológico inusual; también abre un debate institucional de fondo sobre los límites, la frecuencia y la justificación técnica de los estados de excepción en Colombia. Con esta decisión —la tercera emergencia económica y el cuarto estado excepcional desde 2022— el Gobierno busca recaudar 8 billones de pesos mediante nuevos impuestos, una cifra que ha desatado tanto respaldo como escepticismo.

La magnitud del desastre no está en discusión. Las cifras oficiales hablan de más de 27.000 predios afectados, más de medio millón de bovinos y bufalinos impactados —con miles de animales muertos— y más de 30.000 hectáreas de cultivos dañadas. El Ministerio de Agricultura calcula pérdidas cercanas a 700.000 millones de pesos, mientras que el Ministerio de Vivienda proyecta 5,8 billones para la reconstrucción, de los cuales 4,4 billones corresponderían a agua y saneamiento básico. Estos datos reflejan una crisis estructural que trasciende la coyuntura climática y pone en evidencia la vulnerabilidad histórica de varias regiones frente a eventos extremos.

Sin embargo, el centro del debate no es únicamente la tragedia, sino la respuesta institucional. El Presidente anunció inicialmente que se requerían 16 billones de pesos, la misma cifra que pretendía recaudar con la emergencia económica decretada en diciembre y posteriormente suspendida por la Corte Constitucional. Semanas después, el monto se redujo a 8 billones. La variación encendió alertas en sectores técnicos y académicos, que han pedido claridad sobre la metodología empleada para estimar el costo real de la recuperación.

El exministro de Hacienda José Manuel Restrepo solicitó una auditoría académica externa para validar los cálculos, mientras que Mauricio Salazar Sáenz, del Observatorio Fiscal de la Universidad Javeriana, advirtió que resulta llamativo que la nueva cifra coincida exactamente con la mitad de lo proyectado en la frustrada ley de financiamiento. Las críticas no niegan la necesidad de recursos; cuestionan la solidez técnica del sustento financiero que respalda la declaratoria.

Desde el Ejecutivo, la defensa es clara. El director de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), Carlos Carrillo, aseguró que los 8 billones corresponden a un estimado preliminar basado en antecedentes históricos y en los reportes iniciales de daños. Además, precisó que la atención inmediata —ayuda humanitaria, rescates y alojamientos temporales— está cubierta con 190.000 millones de pesos ya asignados para 2026. Es decir, la emergencia tributaria estaría enfocada en la fase de recuperación y reconstrucción.

El punto crítico, entonces, no es la urgencia humanitaria, sino la proporcionalidad del mecanismo elegido. La Constitución permite al Presidente expedir decretos con fuerza de ley en situaciones excepcionales cuando los medios ordinarios resultan insuficientes. Pero la reiteración de esta herramienta puede erosionar la percepción de excepcionalidad que la legitima. Si la emergencia se convierte en un instrumento recurrente para resolver problemas fiscales estructurales, el debate deja de ser técnico y se vuelve político e institucional.

También resulta relevante la decisión de descartar la propuesta de algunos gobernadores de utilizar 6,5 billones de pesos en regalías actualmente congeladas. La negativa del Ejecutivo a explorar esa alternativa fortalece la narrativa de quienes consideran que el Gobierno privilegia la vía impositiva extraordinaria sobre mecanismos ya existentes. En paralelo, las declaraciones del Presidente señalando a sectores de oposición por la magnitud del desastre —e incluso sugiriendo relaciones con el manejo de la represa de Urrá— han añadido tensión política a una discusión que exige, ante todo, rigor técnico.

En un contexto económico marcado por desaceleración y presiones fiscales, cualquier nuevo tributo tiene implicaciones directas sobre empresas y ciudadanos. Por ello, la carga argumentativa del Gobierno debe ser proporcional al impacto de la medida. No basta con la urgencia; se requiere transparencia, desglose presupuestal, cronogramas de ejecución y mecanismos de control que garanticen que los recursos se destinarán exclusivamente a la reconstrucción.

El periodismo, en este escenario, tiene la responsabilidad de ir más allá de la cifra y del titular. La pregunta clave no es solo cuánto cuesta la tragedia, sino cómo se calcula ese costo y bajo qué criterios se define que la única salida viable es la emergencia tributaria. La ciudadanía necesita certezas en medio de la incertidumbre climática.

Colombia enfrenta fenómenos meteorológicos cada vez más intensos y frecuentes. La crisis en Córdoba podría no ser un episodio aislado, sino una señal de lo que vendrá. Por eso, además de recursos, el país necesita planificación preventiva, inversión en infraestructura resiliente y una política integral de gestión del riesgo. Declarar emergencias sucesivas puede atender la coyuntura, pero no sustituye la estrategia de largo plazo.

Al final, el debate sobre los 8 billones no es únicamente contable. Es una discusión sobre la forma en que se gobierna en tiempos de crisis, sobre el equilibrio entre necesidad y control institucional, y sobre la confianza pública en las decisiones fiscales extraordinarias. Entre el diluvio y el decreto, el desafío del Gobierno no solo es reconstruir territorios, sino sostener la legitimidad de las herramientas que utiliza para hacerlo.

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