Colombia

Gobierno cuestiona suspensión del decreto de salario mínimo y anuncia defensa jurídica ante el Consejo de Estado

La suspensión provisional del decreto que fijaba el incremento del salario mínimo encendió una nueva tensión entre el Ejecutivo y la rama judicial. En un pronunciamiento enérgico, el ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, calificó la decisión del Consejo de Estado como un hecho sin precedentes en la historia reciente del país, al tratarse —según afirmó— de la primera vez que se frena un aumento salarial mediante una medida cautelar.

El funcionario subrayó que el único antecedente comparable ocurrió en 2017, cuando el alto tribunal declaró la nulidad del Decreto 2550 del 30 de diciembre de 2015. Sin embargo, aclaró que aquella fue una decisión de fondo, resultado de un proceso completo de análisis jurídico, y no una suspensión provisional adoptada mientras se resuelve la controversia, como sucede en el caso actual.

La diferencia no es menor. Una nulidad implica la revisión integral de la legalidad del acto administrativo y su eventual anulación definitiva. En cambio, una medida cautelar suspende temporalmente sus efectos mientras avanza el estudio del caso. Para el Gobierno, esta distinción es clave, pues considera que la interrupción de un incremento ya en vigencia genera incertidumbre jurídica y afecta directamente a millones de trabajadores que habían incorporado el ajuste a su planeación financiera.

Sanguino también cuestionó el momento del pronunciamiento judicial, al señalar que se produjo mes y medio después de la entrada en vigor del denominado “Salario Vital”. Desde la perspectiva del Ejecutivo, la tardanza en la adopción de la medida cautelar incrementa la complejidad administrativa y económica, al alterar un esquema salarial que ya estaba operando en el mercado laboral.

El debate, no obstante, trasciende la discusión técnica y adquiere un componente institucional de mayor calado. La decisión del Consejo de Estado se enmarca en su función de control de legalidad sobre los actos del Gobierno, un pilar del equilibrio de poderes en el sistema democrático. La medida cautelar no prejuzga el fondo del asunto, pero sí introduce un compás de espera que obliga al Ejecutivo a ajustar su estrategia normativa mientras se resuelve el litigio.

Desde el Ministerio de Trabajo se reiteró que el Ejecutivo defenderá el decreto en todas las instancias judiciales y que el objetivo central es proteger el poder adquisitivo de los colombianos. El argumento oficial se sostiene en el principio constitucional de un salario mínimo “vital y móvil”, concebido como herramienta para garantizar condiciones dignas frente a la inflación y el costo de vida.

Sin embargo, la controversia también pone sobre la mesa interrogantes sobre la forma y el procedimiento mediante los cuales se adoptó el incremento. Los demandantes sostienen que existirían vicios jurídicos que justifican la suspensión, mientras el Gobierno insiste en que actuó dentro del marco constitucional y legal.

En términos económicos, la incertidumbre derivada del proceso judicial puede tener efectos en la planeación empresarial y en la confianza del mercado laboral. Para los trabajadores, la expectativa es que el aumento no se vea desvirtuado; para los empleadores, que las reglas del juego sean claras y estables.

La disputa, ahora trasladada plenamente al terreno judicial, será determinante para definir no solo el destino del decreto actual, sino también el alcance de las facultades del Ejecutivo en materia salarial. Más allá del desenlace, el episodio refleja la compleja interacción entre política económica, control constitucional y estabilidad institucional en Colombia.

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