Corte Constitucional frena de forma provisional la emergencia económica y congela el paquete de nuevos impuestos

La Sala Plena de la Corte Constitucional tomó una de las decisiones más trascendentales del actual pulso institucional en Colombia al suspender de manera provisional los decretos expedidos bajo la declaratoria de emergencia económica, una medida cautelar adoptada con seis votos a favor y dos en contra, mientras el alto tribunal adelanta el estudio de fondo sobre su constitucionalidad. El fallo, de carácter temporal pero de alto impacto, congela un amplio paquete de reformas tributarias que el Gobierno había puesto en marcha con el objetivo de fortalecer el recaudo fiscal y financiar programas sociales.
La determinación del alto tribunal busca, según su criterio, evitar la consolidación de efectos jurídicos irreversibles que podrían alterar el orden constitucional antes de un pronunciamiento definitivo. En la práctica, la decisión implica un freno inmediato a incrementos y nuevos tributos que ya comenzaban a generar reacciones en distintos sectores de la economía y la política nacional.
Entre las medidas suspendidas se encuentran aumentos clave en el IVA, particularmente en productos como licores, vinos y similares, donde se pretendía elevar la tarifa al 19 %, pero que por ahora se mantendrá en el 5 % vigente. De igual manera, queda congelada la aplicación del IVA a los juegos de suerte y azar por internet y a los paquetes y envíos internacionales de bajo valor, que seguirán exentos hasta los USD 200.
La suspensión también impacta de lleno la política de gravámenes al capital. El impuesto al patrimonio progresivo, dirigido a patrimonios líquidos iguales o superiores a 40.000 UVT (más de 2.000 millones de pesos), queda en pausa junto con las tarifas que oscilaban entre el 0,5 % y el 5 %. A esto se suma la suspensión de la sobretasa del 50 % al sector financiero y el anticipo del 100 % del impuesto de renta para bancos y aseguradoras, medidas que habían generado fuertes críticas desde el sistema financiero.
Otros sectores estratégicos también quedan cobijados por la decisión. Los impuestos al consumo de bienes considerados de lujo, como vehículos de alto valor, yates y aeronaves, así como los tributos al tabaco, cigarrillos y vapeadores, no entrarán en vigencia por ahora. En el ámbito minero-energético, se frena el impuesto especial del 1 % sobre la primera venta o exportación de petróleo y carbón, y se suspende la normalización tributaria que establecía un gravamen del 19 % sobre activos omitidos o pasivos inexistentes.
El Gobierno había proyectado que este paquete permitiría recaudar cerca de 16 billones de pesos, recursos destinados a financiar programas sociales y a atender compromisos fiscales, incluido el pago de la deuda externa, que a octubre de 2025 superaba los 239.000 millones de dólares. Desde esta óptica, el Ejecutivo ha advertido que la suspensión genera un escenario de incertidumbre fiscal, con posibles efectos sobre la ejecución presupuestal y la sostenibilidad de políticas públicas prioritarias.
Sin embargo, la decisión fue recibida con alivio por gremios empresariales como la Andi, AmCham y Analdex, así como por gobernadores y sectores de la oposición, que consideran que el uso de la emergencia económica para introducir reformas tributarias de amplio alcance desbordaba los límites constitucionales y sustituía el debate democrático que corresponde al Congreso de la República.
El choque de posturas evidencia una tensión estructural entre la necesidad del Gobierno de ampliar el recaudo y la función de la Corte como garante del equilibrio de poderes y del control al uso excepcional de facultades presidenciales. Mientras el Ejecutivo insiste en la urgencia social y fiscal, el alto tribunal envía un mensaje claro: las medidas extraordinarias no pueden convertirse en un atajo permanente para redefinir el sistema tributario.
Hasta que la Corte Constitucional emita su fallo de fondo, el país permanecerá en una suerte de compás de espera. La suspensión provisional no define aún la suerte de la emergencia económica, pero sí marca un punto de inflexión en el debate sobre los límites del poder ejecutivo, la estabilidad jurídica y el rumbo de la política fiscal en Colombia.
#CANAL CORDOBA



