Salud plantea un nuevo marco para morir dignamente: un giro normativo que reabre el debate ético en Colombia

El derecho a morir dignamente vuelve al centro del debate público en Colombia. El Ministerio de Salud y Protección Social puso en circulación un borrador de resolución que busca unificar, actualizar y armonizar las normas que regulan este derecho fundamental, en cumplimiento de la línea jurisprudencial trazada por la Corte Constitucional en los últimos años. De ser adoptado, el nuevo marco normativo derogaría las resoluciones 825 de 2018 y 971 de 2021, y redefiniría el rol de los comités médicos y éticos dentro del sistema de salud.
La iniciativa no es menor: se trata de una reorganización profunda del modelo actual, que hasta ahora ha operado bajo regulaciones fragmentadas. Uno de los ejes centrales del proyecto es la integración en un solo cuerpo normativo de la eutanasia y la adecuación de los esfuerzos terapéuticos, dos figuras que hoy se encuentran separadas y que, en la práctica, han generado confusión tanto en pacientes como en profesionales de la salud. El borrador propone que estas opciones no sean excluyentes ni estén sometidas a un orden obligatorio, reconociendo que las decisiones al final de la vida no responden a esquemas rígidos, sino a contextos clínicos y personales complejos.
Uno de los puntos más sensibles del texto es la incorporación explícita del criterio constitucional según el cual la eutanasia no debe estar condicionada a una enfermedad terminal. En su lugar, el proyecto plantea como eje la existencia de una condición de salud extrema que genere sufrimiento intenso, siempre que medie una solicitud libre, informada e inequívoca del paciente. Esta postura consolida un cambio de paradigma: el foco deja de estar exclusivamente en el pronóstico de vida y se traslada al sufrimiento y a la autonomía personal, una visión que ha sido respaldada por la Corte, pero que sigue generando resistencias en sectores médicos, religiosos y políticos.
En la misma línea, el borrador propone que no sea obligatorio agotar previamente los cuidados paliativos ni los procesos de adecuación terapéutica antes de acceder a la eutanasia. El Ministerio argumenta que imponer estos requisitos puede convertirse en una barrera injustificada para el ejercicio del derecho, aunque el planteamiento abre un debate legítimo sobre el equilibrio entre aliviar el dolor, acompañar al paciente y respetar su decisión final.
Otro ajuste de fondo tiene que ver con el consentimiento sustituto, una figura que históricamente ha sido objeto de controversia. El proyecto limita su aplicación y propone abandonar la lógica de “sustituir la voluntad” del paciente para adoptar un enfoque de “apoyos interpretativos de la voluntad”, que solo podrían utilizarse de manera excepcional y bajo una verificación reforzada de los comités interdisciplinarios. Con ello, se busca reducir el riesgo de decisiones tomadas sin una certeza razonable sobre lo que realmente habría querido la persona.
El borrador también desarrolla lineamientos específicos para personas con discapacidad y menores de edad, incorporando principios como la autonomía progresiva, la presunción de capacidad y la obligación de ofrecer apoyos y ajustes razonables. Esta parte del texto responde directamente a la jurisprudencia más reciente y apunta a evitar prácticas discriminatorias, aunque plantea desafíos operativos para el sistema de salud, que deberá garantizar evaluaciones cuidadosas y equipos capacitados.
En el plano institucional, el Ministerio propone una delimitación más estricta de las funciones de los comités. El Comité Interdisciplinario de Eutanasia solo intervendría cuando exista una solicitud expresa para este procedimiento, mientras que los Comités de Ética Hospitalaria participarían en procesos de adecuación de esfuerzos terapéuticos únicamente cuando surjan conflictos ético-clínicos. La intención es evitar trámites innecesarios y reducir la burocratización de decisiones que, en muchos casos, se toman en contextos de urgencia emocional y médica.
Finalmente, el proyecto profundiza en la adecuación de los esfuerzos terapéuticos como un proceso clínico continuo, orientado a evitar la obstinación terapéutica y a permitir el curso natural de la enfermedad cuando los tratamientos resultan desproporcionados. El texto subraya que esta práctica no constituye eutanasia, una aclaración clave en un país donde persisten temores legales y éticos entre el personal médico.
El borrador, que aún deberá surtir el proceso de comentarios y ajustes, confirma que Colombia sigue avanzando hacia uno de los modelos más amplios de reconocimiento del derecho a morir dignamente en la región. Sin embargo, también deja claro que el debate está lejos de cerrarse. Entre la autonomía individual, la responsabilidad médica y los límites éticos del Estado, la discusión sobre cómo morir —y quién decide— sigue siendo una de las más complejas y sensibles de la agenda pública nacional.
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