Agroeconómica

Corte Constitucional frena decreto energético del Gobierno y abre nuevo pulso entre emergencia fiscal y seguridad jurídica

La Corte Constitucional decidió suspender de manera provisional el Decreto Legislativo 0044 de 2026, una de las medidas más sensibles adoptadas por el Gobierno Nacional en el marco de la emergencia económica y social, al considerar que sus efectos no pueden mantenerse mientras se adelanta el estudio de fondo sobre su constitucionalidad. La decisión, contenida en el Auto 101 de 2026, deja sin aplicación inmediata una norma que imponía nuevas cargas a las empresas generadoras de energía eléctrica, en un momento de alta tensión fiscal y energética para el país.

El decreto, expedido el pasado 21 de enero por el presidente Gustavo Petro, obligaba a las generadoras a entregar el 12 % de la energía que vendían en bolsa y a asumir una contribución parafiscal del 2,5 % sobre su base gravable antes de impuestos. Ambas medidas estaban orientadas a fortalecer el Fondo Empresarial de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y a respaldar financieramente a empresas intervenidas por el Estado, especialmente en regiones como la costa Caribe, donde la prestación del servicio eléctrico atraviesa una crisis estructural.

La suspensión provisional no implica, por ahora, un pronunciamiento definitivo sobre la legalidad del decreto, pero sí representa un freno significativo a una de las apuestas del Ejecutivo para compensar el vacío fiscal dejado por el hundimiento de la ley de financiamiento en el Congreso, con la cual el Gobierno esperaba recaudar cerca de 16,3 billones de pesos. En la práctica, la medida ordenada por la Corte significa que el decreto no puede producir efectos mientras se resuelve si las cargas impuestas a las generadoras se ajustan o no a la Constitución.

En el centro del debate jurídico está el alcance de las facultades del Gobierno durante un estado de emergencia. Aunque la Constitución permite al Ejecutivo expedir decretos con fuerza de ley en situaciones excepcionales, la Corte debe evaluar si las medidas adoptadas guardan una relación directa y suficiente con la crisis que se pretende atender, si respetan los principios de proporcionalidad y necesidad, y si no vulneran derechos fundamentales ni el equilibrio del sistema económico.

Desde el sector energético, la suspensión fue recibida con alivio. Gremios y empresas habían advertido que la entrega obligatoria del 12 % de la energía podía generar distorsiones en el Mercado de Energía Mayorista, afectar la formación de precios y desincentivar la inversión en generación, particularmente en un contexto de transición energética que requiere reglas claras y estabilidad regulatoria. También señalaron que imponer contribuciones de esta magnitud por decreto profundizaba la incertidumbre jurídica en un sector estratégico para el país.

No obstante, la decisión no fue unánime. Los magistrados Héctor Alfonso Carvajal Londoño y Vladimir Fernández Andrade salvaron su voto, dejando constancia de su desacuerdo con la suspensión provisional. Este hecho refleja que, incluso dentro del alto tribunal, existe un debate sobre la urgencia de mantener herramientas excepcionales para enfrentar la crisis financiera y operativa del sector eléctrico, frente a la necesidad de proteger la seguridad jurídica y el marco constitucional.

Para el Gobierno, el revés representa la pérdida temporal de una fuente inmediata de recursos y de un mecanismo diseñado para sostener empresas intervenidas y evitar un deterioro mayor en la prestación del servicio. En regiones como el Caribe, donde compañías como Air-e permanecen bajo supervisión estatal, la decisión reaviva las dudas sobre cómo garantizar la continuidad y calidad del servicio sin trasladar mayores costos a los usuarios ni comprometer la sostenibilidad del sistema.

Más allá del impacto económico inmediato, la suspensión del Decreto 0044 reabre un debate de fondo sobre el uso de los estados de emergencia como herramienta de política pública. Mientras el Ejecutivo defiende la necesidad de actuar con rapidez ante la estrechez fiscal y la crisis energética, la Corte reafirma su papel como garante de los límites constitucionales, incluso en escenarios excepcionales.

El fallo definitivo, aún pendiente, será clave no solo para el futuro de este decreto, sino también para definir el margen de maniobra del Gobierno en la adopción de medidas extraordinarias para financiar el Estado y enfrentar crisis estructurales. Por ahora, el mensaje es claro: en medio de la emergencia, la Constitución sigue siendo el marco ineludible para cualquier decisión de fondo.

#CANAL CORDOBA

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